Continuando, agregó: «El problema es que esto –refiriéndose al asunto de la identidad de las tumbas- no es una prueba necesaria para la aplicación de la Ley del Retorno. La complejidad de la vida judía en los tiempos modernos ha creado diferentes modelos de vida, tanto en comunidades remotas, así como entre los que están totalmente fuera de la comunidad judía institucionalizada. La meta de la Ley de Retorno era permitir la absorción de los judíos de todo el mundo en Israel, no sólo los que vivieron una vida comunitaria judía organizada. Por el contrario, el objetivo era «reunir a las diásporas desde los confines de la tierra».
Israel reconoció a siete peruanos como judíos según la Ley del Retorno
Un tribunal dictaminó que los siete bisnietos de un judío marroquí que emigró a Perú y su esposa son judíos y tienen derecho a inmigrar a Israel bajo la Ley del Retorno.
Los siete solicitaron la posición de la Corte Suprema de Justicia hace tres años, después que el Ministerio del Interior revocó su propia decisión anterior reconociendo a su bisabuela, la esposa del judío marroquí, como judía. Algunos de los bisnietos de la pareja emigraron a Israel en 2009, bajo la Ley del Retorno, después que el Ministerio del Interior, los reconoció como judíos.
Cuando los miembros restantes de la familia trataron de invitar a sus parientes a emigrar a Israel, se les dijo que debido a que en la época cuando su bisabuelo llegó a Perú, muchos hombres judíos en esa zona del país se casaron con mujeres locales, era razonable concluir que su bisabuelo había hecho lo mismo, y su bisabuela no era judía.
El Ministerio del Interior comenzó a revisar la elegibilidad de los aspirantes a inmigrantes judíos procedentes de América Latina, entre ellos los provenientes de la ciudad peruana de Iquitos, donde vivían los peticionarios, en 2008, después que una nueva persona se convirtió en responsable del examen de la elegibilidad de inmigración bajo la Ley del Retorno. Tan pronto como la duda fue arrojada sobre la identidad religiosa de la abuela del peticionario, el Estado detuvo su inmigración, ya en una fase avanzada del trámite, con el argumento de que no eran elegibles para inmigrar bajo la Ley del Retorno.
La familia presentó evidencia de que su bisabuela había sido judía, incluyendo una fotografía de su lápida en el Perú, que cuenta con una estrella de David. El Ministerio del Interior consideraba insuficientes las pruebas, después de enterarse de que familiares no judíos de judíos fueron en algunos casos enterrados en el cementerio judío.
Finalmente, los jueces Daphne Barak-Erez, Hanan Melcer y Esther Hayut fueron unánimes en su decisión de reconocer los peticionarios como judíos, dictaminando que el retroceso en el reconocimiento de la identidad judía de la bisabuela del Ministerio del Interior no se basó en pruebas suficientes.
«La sociedad en la que viven los peticionarios sigue la tradición bien conservada durante siglos entre las comunidades judías de la Diáspora. Por lo tanto, es natural que no haga falta confirmar su identidad judía», señaló Barak-Erez en el fallo.
Fuente: Aurora